El contrato de obras civiles en Bogotá es un documento legal celebrado entre dos partes, el interesado y la constructora, que debe realizarse por escrito para garantizar la seguridad de los involucrados, en este caso las empresas constructoras ejecutarán la obra sin falta y de conformidad con lo que se establezca en el archivo. Los aspectos más importantes que se deben tener en cuenta al establecer el papel son:
- Objeto: Para qué se desarrolla la obra.
- Alcance: A cuántas o cuáles personas beneficiará el proyecto.
- Lugar: Dónde se desarrollará la obra.
- Tiempo de obra: Cuál es el plazo con el que cuentan las empresas de obras civiles para culminar el proyecto.
- Identificar las partes involucradas en el contrato (contratista y cliente).
- Tipo de contrato (precio global o fijo, precio unitario o administración delegada).
- Definir las actividades a desarrollar, el alcance de trabajo, las unidades de medida, el precio unitario y costo total.
- Determinar las obligaciones y responsabilidades de las partes.
- El coste del pedido y la forma de pago.
- Seguro: Definir la póliza de seguro de la obra.
- Datos de la empresa constructora.
Este contrato se utiliza más comúnmente en trabajos locales de construcción, mantenimiento o reparación; los cuales se rigen por los artículos 2053 a 2062 del Código Civil colombiano en el capítulo «De los contratos para la confección de una obra material».
Condiciones para celebrar un contrato de construcción de obras civiles
Existen varias formas de adjudicar contratos de obras o tipos de contratos, en particular:
Contrato de precios unitarios
Un contrato de obras civiles tiene un precio unitario cuando se estipula de antemano el monto total de los salarios o pagos al contratista al sumar las cantidades reales de trabajo realizadas (a determinar por las empresas constructoras en Bogotá y aprobadas por el contratante).
En este tipo de contrato, el riesgo es compartido entre el cliente y el contratista; puesto que con el paso del tiempo los artículos y salarios varían sus costos y por ende es factible que se pierda un gran porcentaje de presupuesto en reajustes.
Contrato con precio global o fijo
El contratante realiza la investigación del proyecto y anuncia la invitación a licitar para seleccionar la empresa o el contratista que lo construirá. Mientras tanto, la constructora se compromete a entregar la estructura terminada y operar por una tarifa fija, a ser ejecutada en una fecha acordada de acuerdo con el cronograma de trabajo.
Por lo tanto, el máximo riesgo es para la empresa constructora pues debe ser capaz de culminar en el período determinado. Su ventaja es que el contratante conoce de antemano el costo total de la obra.
Administración delegada
El contratante encomienda la dirección de la obra al contratista, pagándole de antemano todos los gastos. Los contratistas reciben una remuneración fija o variable por sus servicios y en estos casos el riesgo es mínimo.
En estos casos el proyecto debe estar definido en su totalidad, mientras que los contratos de precio unitario no deben estarlo.
Obligaciones del contrato de construcción de una obra
Los contratos de construcción conlleva muchas obligaciones inherentes, como la de cumplir lo establecido y asumir cualquier responsabilidad por incumplimiento y daños causados. Al ser de derecho civil, no significa una relación laboral entre el cliente y la empresa constructora.
Cuando una de las partes cumple y la otra no cumple, la parte cumplidora tiene dos opciones, establecidas en el artículo 1546 del Código Civil:
- Exigir la resolución del contrato.
- Exigir el cumplimiento del contrato
Por regla general, las partes deciden resolver el contrato con indemnización mutua, si la hubiere, y pago de las cláusulas de incumplimiento o penal correspondientes.
Adicionalmente, los contratos de trabajo pueden o no estar respaldados por pólizas de cumplimiento, de prestaciones sociales, de calidad y la estabilidad de la obra, las cuales ayudan a reducir los riesgos asociados al desarrollo del proyecto, pero esto depende del monto total, el plazo y la confianza entre las partes.
Recomendamos que, en todas las obras civiles en Bogotá, independientemente de su monto y duración, siempre se dejen los acuerdos pactados por escrito en el contrato; de modo que no se presente ninguna confusión o incumplimiento.
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